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Modelo de carta de oferta de empleoIndique el puesto, la fecha de inicio y el salario: la carta se redacta por usted, con su membrete y su logo. Todo se puede modificar; imprima, guarde en PDF o copie el texto en un correo. Sin registro, no se envía nada por Internet.

España · revisado el Lo que dice la ley sobre la oferta de empleo

Forma del contrato: El contrato puede ser verbal, pero deben ser escritos, entre otros, los temporales de más de cuatro semanas y los de tiempo parcial; se comunica al SEPE en 10 días. art. 8 Estatuto de los Trabajadores

Información por escrito: Si la relación dura más de cuatro semanas, el empresario informa por escrito, en dos meses, del puesto, el salario, la jornada, las vacaciones, el preaviso y el convenio. art. 8.5 ET; arts. 2 y 6 Real Decreto 1659/1998

Periodo de prueba: Debe pactarse por escrito; sin convenio, máximo seis meses para técnicos titulados y dos meses para los demás (tres en empresas de menos de 25 trabajadores). art. 14 Estatuto de los Trabajadores

Vacaciones: Las vacaciones anuales retribuidas son de al menos treinta días naturales y no pueden cambiarse por dinero. art. 38 Estatuto de los Trabajadores

Resumen, no es asesoramiento jurídico. Más abajo

El puesto

El puesto

Salario y vacaciones

Salario y vacaciones

Un número se escribe como un importe en la moneda de su país (2900 → 2900 €). Déjelo vacío si la carta no debe mencionar el salario. Para las vacaciones, aclare en «Unas palabras suyas» si son días hábiles o naturales.

Una por línea, tal como terminaría la frase «También le ofrecemos …».

Contrato de trabajo y aceptación

Contrato de trabajo y aceptación

Tal como terminaría la frase «Esta oferta está sujeta a …».

Esta carta resume la oferta; el contrato de trabajo se firma aparte.

Se añade como un párrafo aparte después del salario.

La carta

La carta

El asunto, el saludo y la carta se redactan con sus respuestas de arriba. Cámbielos aquí o en la hoja; un campo vaciado se vuelve a redactar solo.

Su empresa

Su empresa

Sin logo

PNG o JPG. Se queda en este navegador y nunca se envía.

Sus datos

Usted (quien firma la carta)

Para la frase «Para cualquier duda, puede ponerse en contacto conmigo en …».

Firma (opcional)

O déjela vacía y firme a mano la carta impresa.
Color y papel

Color y papel

El color se ve en el diseño «Moderno». El país fija la moneda y el tamaño del papel.

Textos: despedida y aceptación

Cada campo muestra el texto que se imprime. Un campo vacío vuelve al texto por defecto.

¿Listo? Imprima o guarde la carta de oferta

Envíe la carta en PDF o imprímala en dos ejemplares, y conserve el ejemplar firmado que le devuelvan.

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Nota: Creado con SnapPaperwork. Solo para ofertas de empleo reales de su propia empresa. No escriba una oferta en nombre de otra empresa ni prometa un puesto que no existe.

Cómo redactar una carta de oferta de empleo

  1. Indique el puesto y las condiciones

    Nombre del candidato o de la candidata, puesto, fecha de inicio, jornada, lugar, salario bruto, vacaciones y, si está acordado, período de prueba y contrato de duración determinada. Un campo vacío no aparece en la carta.

  2. Elija el contrato y la aceptación

    Indique si el contrato de trabajo se adjunta o se entregará aparte, la fecha límite de respuesta y si la carta lleva las líneas de firma para la aceptación. La carta se redacta con sus respuestas; cada palabra se puede modificar.

  3. Membrete, firma y envío

    Escriba la empresa, la dirección y el logo, firme en el recuadro o a mano más tarde. Después imprima, guarde en PDF o copie el texto en un correo.

Qué contiene una carta de oferta de empleo

  • El puesto y, si procede, el área y el responsable directo.
  • La fecha de inicio, la jornada (completa o parcial), las horas por semana y el lugar de trabajo.
  • El salario bruto, por mes, por año o por hora, las vacaciones y las demás ventajas.
  • El período de prueba y, si está previsto, la duración determinada del contrato con su fecha de fin.
  • El contrato de trabajo: adjunto a la carta o por llegar, y la fecha límite de respuesta.
  • Las líneas donde el candidato o la candidata firma para aceptar, con la mención «Conforme».

Consejos

  • Repita en la carta las mismas cifras que en el contrato de trabajo: salario, horas, vacaciones, período de prueba.
  • Escriba el salario en bruto y diga si es mensual, anual o por hora.
  • Dé una fecha límite de respuesta clara, por ejemplo una semana.
  • Envíe la carta en PDF y, si hace falta, haga seguir dos ejemplares firmados del contrato de trabajo.
  • Si añade una condición (título, permiso, reconocimiento médico…), escríbala en el campo «Condición»: aparecerá en la carta.
  • Conserve el ejemplar firmado que le devuelvan junto con los documentos del personal.
  • No pida en la carta certificados médicos de no embarazo: en México está prohibido exigirlos para el ingreso.

Lo que dice la ley

España: Forma del contrato: El contrato de trabajo puede celebrarse por escrito o de palabra. Deben constar por escrito, entre otros, los de tiempo parcial, fijos-discontinuos, de formación y los de duración determinada superior a cuatro semanas; si no, se presumen indefinidos y a jornada completa. El empresario comunica el contenido del contrato a la oficina pública de empleo en los diez días siguientes. (art. 8 Estatuto de los Trabajadores). Información por escrito: Cuando la relación laboral dura más de cuatro semanas, el empresario debe informar por escrito de los elementos esenciales que no figuren en el contrato: partes, fecha de inicio y duración si es temporal, centro de trabajo, categoría o puesto, salario base y complementos, jornada, vacaciones, plazos de preaviso y convenio colectivo, en el plazo de dos meses desde el comienzo. (art. 8.5 ET; arts. 2 y 6 Real Decreto 1659/1998). Periodo de prueba: El periodo de prueba se concierta por escrito, dentro de los límites del convenio colectivo. En su defecto, no puede exceder de seis meses para los técnicos titulados ni de dos meses para los demás trabajadores (tres en empresas de menos de veinticinco trabajadores), ni de un mes en contratos temporales de hasta seis meses. Es nulo si el trabajador ya hizo las mismas funciones en la empresa. (art. 14 Estatuto de los Trabajadores). Vacaciones: El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, es el pactado en convenio colectivo o contrato individual y en ningún caso inferior a treinta días naturales. (art. 38 Estatuto de los Trabajadores).

México: Condiciones por escrito: Las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito cuando no existan contratos colectivos aplicables, en al menos dos ejemplares. El escrito indica, entre otros, los datos de las partes, el tipo de relación y si hay periodo de prueba, el servicio, el lugar, la jornada, la forma y el monto del salario, el día y lugar de pago, los descansos y las vacaciones. La falta del escrito se imputa al patrón. A falta de pacto expreso, la relación es por tiempo indeterminado. (arts. 24, 25, 26 y 35 Ley Federal del Trabajo). Periodo de prueba: En las relaciones por tiempo indeterminado o de más de ciento ochenta días puede establecerse un periodo a prueba de hasta treinta días, ampliable a ciento ochenta solo para puestos de dirección, gerenciales o de administración general, o para labores técnicas o profesionales especializadas. Durante la prueba el trabajador recibe salario, seguridad social y prestaciones. (art. 39-A Ley Federal del Trabajo). Vacaciones: Quien tiene más de un año de servicios disfruta de al menos doce días laborables de vacaciones pagadas, que aumentan en dos días por cada año siguiente hasta veinte; desde el sexto año, en dos días por cada cinco de servicios. (art. 76 Ley Federal del Trabajo). No discriminación: Queda prohibido a las personas empleadoras negarse a aceptar trabajadores por razón de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro criterio discriminatorio, y exigir certificados médicos de no embarazo para el ingreso. (art. 133 Ley Federal del Trabajo).

Colombia: Forma y contenido: El contrato de trabajo puede ser verbal o escrito. El escrito debe contener la identificación y domicilio de las partes, el lugar y la fecha de celebración, el lugar de trabajo, la naturaleza del trabajo, la cuantía de la remuneración y su forma y periodos de pago, y la duración del contrato. (arts. 37 y 39 Código Sustantivo del Trabajo). Término fijo: Los trabajadores se vinculan mediante contrato a término indefinido, aunque pueden pactarse otros tipos. El contrato a término fijo debe celebrarse por escrito y por no más de cuatro años; si no, se entiende a término indefinido desde el inicio. (arts. 46 y 47 Código Sustantivo del Trabajo (Ley 2466 de 2025)). Periodo de prueba: El periodo de prueba debe estipularse por escrito y no puede exceder de dos meses; en contratos a término fijo de menos de un año, no más de la quinta parte del término pactado. Puede terminarse en cualquier momento sin previo aviso y el trabajador goza de todas las prestaciones. (arts. 77, 78 y 80 Código Sustantivo del Trabajo). Vacaciones: Los trabajadores que hayan prestado sus servicios durante un año tienen derecho a quince días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas. (art. 186 Código Sustantivo del Trabajo).

Argentina: Antes de empezar: El incumplimiento de un contrato de trabajo antes de iniciarse la prestación de los servicios se juzga por el derecho común, salvo lo que disponga la ley, y da lugar a una indemnización no inferior a un mes de la remuneración convenida o de la que resulte del convenio colectivo. (art. 24 Ley 20.744 de Contrato de Trabajo). Forma y registro: Las partes pueden escoger libremente la forma del contrato de trabajo, salvo lo que dispongan las leyes o convenciones colectivas. Los empleadores deben registrar a los trabajadores ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). (arts. 48 y 52 Ley 20.744). Periodo de prueba: El contrato por tiempo indeterminado se entiende celebrado a prueba durante los primeros seis meses; los convenios colectivos pueden ampliarlo hasta ocho meses en empresas de seis a cien trabajadores y hasta un año en empresas de hasta cinco. Durante ese lapso cualquiera de las partes puede terminar la relación sin causa ni indemnización. No puede usarse más de una vez con el mismo trabajador. (art. 92 bis Ley 20.744 (Ley 27.742)). Vacaciones: El trabajador goza de un descanso anual remunerado mínimo de catorce días corridos con antigüedad de hasta cinco años, veintiuno de cinco a diez, veintiocho de diez a veinte y treinta y cinco con más de veinte. (art. 150 Ley 20.744).

Ninguno de los cuatro países tiene un formulario oficial de carta de oferta. En España, el SEPE publica modelos de contrato de trabajo (el contrato, no la oferta) y esta carta no los imita. Esta carta resume la oferta; el contrato de trabajo se firma aparte. No he podido consultar el salario mínimo de 2026 en ningún país, los convenios colectivos, la Ley 15/2022 de igualdad ni la jurisprudencia sobre si una oferta aceptada («precontrato») obliga; en México, la última versión de la Ley Federal del Trabajo en la web de la Cámara de Diputados (la copia leída es la de la reforma del 21 de febrero de 2025; las reformas posteriores, por ejemplo sobre la jornada, no están comprobadas) ni el registro en el IMSS; en Colombia, la Ley 2466 de 2025 completa (solo leí los arts. 46 y 47 consolidados), la afiliación a la seguridad social ni la Ley 1482 de 2011; en Argentina, el procedimiento de registro ante ARCA, los convenios colectivos ni si una carta oferta aceptada por correo electrónico es un contrato.

Todo esto es un resumen, no asesoramiento jurídico.

Preguntas frecuentes

¿Es gratis este modelo de carta de oferta de empleo?

Sí. No necesita cuenta y la impresión no lleva marca de agua ni logotipo nuestro.

¿Esta carta sustituye al contrato de trabajo?

No. La carta resume la oferta; las condiciones definitivas constarán en el contrato de trabajo, que se entrega con ella o después. En España, el SEPE publica modelos de contrato de trabajo y los contratos se comunican a la oficina de empleo en 10 días; esta carta no imita esos modelos.

¿Hay un formulario oficial?

No. Ninguno de los cuatro países (España, México, Colombia, Argentina) tiene un formulario oficial de carta de oferta de empleo: basta una carta clara con las condiciones principales.

¿Puedo poner el período de prueba y las vacaciones que quiera?

El formulario le avisa si superan lo que dice la ley: el período de prueba (España: sin convenio, hasta 6 meses para técnicos titulados y 2 para los demás; México: 30 días, o hasta 180 para puestos de dirección o labores técnicas especializadas; Colombia: 2 meses; Argentina: 6 meses, ampliables por convenio colectivo) y los mínimos de vacaciones (España 30 días naturales, México 12 días laborables, Colombia 15 días hábiles, Argentina 14 días corridos al año hasta cinco años de antigüedad).

¿Puedo cambiar el texto de la carta?

Sí. La carta se redacta con sus respuestas, pero puede reescribirla entera en el cuadro «La carta». Si la reescribe, los cambios posteriores en los campos de arriba ya no se reflejan en ella; «Volver a redactarla desde el formulario» la redacta de nuevo.

¿Cómo la envío al candidato?

Guárdela en PDF y adjúntela a un correo, o use «Copiar la carta para un correo» para pegar el texto. También puede imprimirla en dos ejemplares.

¿Se guardan mis datos?

Solo en su propio navegador, para que encuentre su trabajo en la próxima visita. No se nos envía nada. En una ventana privada no se guarda nada.