Acuerdo de terminación del alquilerEl arrendador y el arrendatario terminan el contrato de alquiler juntos, en una fecha pactada. Rellene, imprima y firmen los dos. Sin registro, y no se envía nada.
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El acuerdo ocupa más de una página y se imprimirá en dos. Acorte los textos o los otros acuerdos, o elija otro diseño.
Nota: Creado con SnapPaperwork. Solo para un alquiler del que usted es una de las partes. No firme en nombre de la otra parte ni anteponga la fecha del acuerdo.
Cómo hacer el acuerdo de terminación del alquiler
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Pacten la fecha y las condiciones
Pónganse primero de acuerdo en la fecha en que termina el contrato, el día de la entrega de llaves, el estado en que se deja la vivienda y lo que el arrendador paga, en su caso, al arrendatario, por ejemplo una ayuda para la mudanza.
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Rellene el formulario
Indique el arrendador, todos los arrendatarios y la vivienda, y después las fechas y los acuerdos. Cada frase de la hoja se cambia con un clic. Las cláusulas opcionales, como la cantidad que se paga o el nuevo arrendatario, solo aparecen si las rellena o las marca; los números se recalculan.
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Imprima dos ejemplares y firmen
Imprima el acuerdo en dos ejemplares. El arrendador y todos los arrendatarios que firmaron el contrato firman los dos ejemplares a mano, con el lugar y la fecha. Cada parte conserva un ejemplar.
Qué contiene un acuerdo de terminación del alquiler
- El arrendador y todos los arrendatarios, con su dirección
- La vivienda y, si la conoce, la fecha del contrato de alquiler
- La fecha en que termina el contrato
- El día y la forma de entregar las llaves, y la revisión del estado de la vivienda
- El estado en que se deja la vivienda, por ejemplo si hay que hacer obras de reparación
- La renta y los gastos hasta la fecha de fin, y qué pasa con la fianza o el depósito
- La nueva dirección del arrendatario y su cuenta bancaria para las devoluciones
- Si lo pactan: una cantidad que recibe el arrendatario, un nuevo arrendatario, otros acuerdos
- El lugar, la fecha y la firma de las dos partes
Consejos para la entrega de llaves
Revisen juntos el estado de la vivienda al entregar las llaves y anoten en un documento cómo está, qué llaves se devuelven y las lecturas de los contadores. Fírmenlo los dos.
Si algo le importa y no está previsto aquí, por ejemplo una cocina amueblada que se queda en la vivienda o un trastero, escríbalo en «Otros acuerdos». Lo que no está escrito es difícil de probar más tarde.
Esta página no sustituye un aviso que da una sola de las partes: si usted es el arrendatario y quiere avisar de que se va sin acuerdo con el arrendador, use la carta de preaviso.
Lo que dice la ley
España: Acuerdo de las partes: Las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes, y los contratantes pueden establecer los pactos que tengan por conveniente siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público. Un acuerdo escrito y firmado por el arrendador y por todos los inquilinos permite fijar juntos la fecha de fin del contrato. (arts. 1091 y 1255 Código Civil; art. 4.2 LAU). Documento de finalización: A la finalización del contrato, las partes deben dejar constancia por escrito del estado de la vivienda en el momento de la entrega mediante un documento de finalización firmado por ambas. Si no se firma, o si no refleja ningún desperfecto, se presume, salvo prueba en contrario, que la vivienda se entregó en estado adecuado de conservación. (art. 36.7 LAU (Real Decreto-ley 29/2026)). Fianza: El saldo de la fianza en metálico que deba restituirse al arrendatario al final del arriendo devenga el interés legal una vez transcurrido un mes desde la entrega de las llaves sin que se haya devuelto. Si la comunidad autónoma exige depositar la fianza en un organismo público, el arrendador la recupera de ese organismo. (art. 36.4 y disposición adicional tercera LAU). Devolver la vivienda: El arrendatario debe devolver la finca, al concluir el arriendo, tal como la recibió, salvo lo que hubiese perecido o se hubiera menoscabado por el tiempo o por causa inevitable. Si no se expresó su estado al alquilarla, se presume que la recibió en buen estado, salvo prueba en contrario. (arts. 1561 y 1562 Código Civil). Sin acuerdo: El arrendatario puede desistir del contrato una vez transcurridos al menos seis meses, comunicándolo con una antelación mínima de treinta días; en la vivienda temporal, transcurrido al menos un mes, con diez días de antelación. El desistimiento no genera indemnización a favor del arrendador. (art. 11 LAU). Cambios de 2026: El Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, modificó los arts. 11 y 36 LAU y añadió el documento de finalización, después de que el Congreso derogara el Real Decreto-ley 26/2026. A 29 de octubre de 2026 el BOE no recoge su convalidación. Comprueba la versión vigente en el BOE antes de firmar. (notas de los arts. 11 y 36 LAU (BOE)).
México: Terminar por convenio: El arrendamiento puede terminar, entre otras causas, por haberse cumplido el plazo, por convenio expreso, por nulidad o por rescisión. Un convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones. (arts. 1792 y 2483 Código Civil Federal; art. 2483 Código Civil para el Distrito Federal). Devolver el inmueble: Si el arrendatario recibió la finca con expresa descripción de sus partes, debe devolverla al concluir el arrendamiento tal como la recibió, salvo lo que haya perecido o se haya menoscabado por el tiempo o por causa inevitable. Sin esa descripción, la ley presume que la recibió en buen estado, salvo prueba en contrario. (arts. 2442 y 2443 Código Civil Federal). Código de cada estado: El Código Civil Federal rige en asuntos del orden federal; el arrendamiento de vivienda lo regula el código civil de cada estado. En la Ciudad de México, por ejemplo, el arrendamiento sin plazo determinado concluye con aviso por escrito y fehaciente de treinta días hábiles si el predio es urbano, y la vivienda tiene una duración mínima de un año forzoso, salvo convenio en contrario. (arts. 2448 C y 2478 Código Civil para el Distrito Federal).
Colombia: Mutuo acuerdo: Las partes, en cualquier tiempo y de común acuerdo, pueden dar por terminado el contrato de vivienda urbana. Todo contrato legalmente celebrado es ley para los contratantes y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales. (art. 21 Ley 820 de 2003; art. 1602 Código Civil). Todos firman: Los derechos y las obligaciones derivados del contrato de arrendamiento son solidarios, tanto entre arrendadores como entre arrendatarios; la restitución del inmueble y las obligaciones económicas pueden exigirse a todos o a cualquiera de ellos. (art. 7 Ley 820 de 2003). Devolver el inmueble: El arrendatario debe restituir la cosa al fin del arrendamiento en el estado en que le fue entregada, tomando en consideración el deterioro ocasionado por el uso y goce legítimo. Si no consta ese estado, se entiende recibida en regular estado de servicio, salvo prueba en contrario. (art. 2005 Código Civil). Sin depósitos: En los contratos de vivienda urbana no se pueden exigir depósitos en dinero efectivo ni otras cauciones reales para garantizar las obligaciones del arrendatario. Solo se admiten garantías o depósitos a favor de las empresas de servicios públicos, hasta el valor de dos períodos de facturación. (arts. 15 y 16 Ley 820 de 2003). Sin acuerdo: El arrendatario puede terminar el contrato con aviso escrito por el servicio postal autorizado y al menos tres meses de antelación: dentro del término o sus prórrogas pagando una indemnización de tres meses de arriendo, o a la fecha de vencimiento sin indemnización. (arts. 24 y 25 Ley 820 de 2003).
Argentina: Rescisión bilateral: El contrato puede ser extinguido por rescisión bilateral. Esta extinción, excepto estipulación en contrario, solo produce efectos para el futuro y no afecta derechos de terceros. (art. 1076 Código Civil y Comercial). Por escrito: El contrato de locación de cosa inmueble debe ser hecho por escrito, y la regla se aplica también a sus prórrogas y modificaciones. Conviene que el acuerdo de terminación también conste por escrito, firmado por todas las partes. (art. 1188 Código Civil y Comercial). Devolución y constancias: Al concluir el contrato, el locatario restituye la cosa en el estado en que la recibió, excepto los deterioros del mero transcurso del tiempo y el uso regular, y entrega al locador las constancias de los pagos que efectuó en razón de la relación locativa. (art. 1210 Código Civil y Comercial). Depósito en garantía: Las partes pueden determinar libremente las cantidades y la moneda entregadas como fianza o depósito en garantía, y la forma en que serán devueltas al finalizar la locación. (art. 1196 Código Civil y Comercial (DNU 70/2023)). Sin acuerdo: El locatario puede, en cualquier momento, resolver la contratación abonando el diez por ciento del saldo del canon locativo futuro, calculado desde la notificación de la rescisión hasta la fecha de finalización pactada. (art. 1221 Código Civil y Comercial (DNU 70/2023)).
No he podido consultar las normas autonómicas sobre la fianza (la Ley de Arrendamientos Urbanos deja que cada comunidad regule su depósito), ni si el Real Decreto-ley 29/2026 ha sido convalidado por el Congreso (a 29 de octubre de 2026 el BOE no lo recoge), ni los códigos civiles de los estados de México distintos de la Ciudad de México, ni la última versión del Código Civil Federal en la web de la Cámara de Diputados (la copia leída es la de la reforma del 17 de enero de 2024), ni el decreto de Colombia sobre los formatos para denunciar el arriendo ante las empresas de servicios públicos, ni los arrendamientos comerciales, ni las normas provinciales de Argentina. Ninguno de los cuatro países tiene un formulario oficial para este acuerdo.
Todo esto es un resumen, no asesoramiento jurídico.
- arts. 1561 y 1562 Código Civil (España)
- art. 36.4 y disposición adicional tercera LAU (España)
- art. 11 LAU (España)
- notas de los arts. 11 y 36 LAU (BOE) (España)
- arts. 2442 y 2443 Código Civil Federal (México)
- arts. 2448 C y 2478 Código Civil para el Distrito Federal (México)
- arts. 24 y 25 Ley 820 de 2003 (Colombia)
- art. 2005 Código Civil (Colombia)
- art. 1221 Código Civil y Comercial (DNU 70/2023) (Argentina)
Preguntas frecuentes
¿Qué es un acuerdo de terminación del alquiler?
Es un acuerdo por escrito en el que el arrendador y el arrendatario deciden juntos que el contrato de alquiler termina en una fecha concreta. A diferencia de un aviso, ninguna parte decide sola: las dos tienen que estar de acuerdo y firmar.
¿Cuándo es útil?
Por ejemplo cuando el arrendatario quiere irse antes de lo que permite su contrato o su preaviso, o cuando el arrendador quiere recuperar la vivienda antes y ofrece una cantidad al arrendatario. Las dos partes fijan libremente la fecha y las condiciones.
¿Hay un formulario oficial?
No. Ninguno de los cuatro países (España, México, Colombia, Argentina) tiene un formulario oficial para terminar el alquiler de mutuo acuerdo: basta un escrito claro, firmado por todos. En España, además, al terminar las dos partes deben firmar un documento con el estado de la vivienda (documento de finalización); este acuerdo puede servir junto con el inventario de salida.
¿Qué pasa con la fianza o el depósito?
Depende del país. En España, el saldo de la fianza que se debe devolver genera el interés legal si no se devuelve en un mes desde la entrega de las llaves. En Colombia, en vivienda urbana no se pueden exigir depósitos en dinero. En Argentina, las partes fijan libremente cómo y cuándo se devuelve el depósito en garantía: conviene escribirlo en el acuerdo. En México lo regula el código civil de cada estado.
¿Tienen que firmar todos los arrendatarios?
Si varias personas firmaron el contrato, todas deberían firmar el acuerdo. Escriba todos los nombres en el campo «Nombre o nombres de los arrendatarios»; la línea de firma tiene sitio para varias firmas.
¿Se puede firmar en la pantalla?
Para el arrendador hay un campo para dibujar la firma. Lo más seguro es imprimir dos ejemplares que las dos partes firmen a mano, y que cada una conserve el suyo. Así podrá probar lo que se pactó.
¿Se guardan mis datos?
Solo en su propio navegador, para que encuentre el acuerdo en su próxima visita. No se envía nada a SnapPaperwork. En un ordenador compartido, pulse después «Borrar todo».